El especialista Carlos Osorio explica en qué casos los asegurados al Sistema de Pensiones pueden acceder a la jubilación adelantada.
El ejecutivo de Gestión de Derechos de la Oficina Nacional de Pensiones ONP informa sobre los casos excepcionales en los que los asegurados pueden solicitar la jubilación anticipada. Sin embargo, se debe cumplir una serie de requisitos pues la edad estipulada para jubilarse de acuerdo con la ley es de 65 años.
Osorio detalla los siguientes casos: Las mujeres pueden jubilarse de manera adelantada a partir de los 50 años y con un periodo mínimo de aportación de 25 años (300 unidades de aporte) y los varones pueden jubilarse de manera adelantada a partir de los 55 años, pero con un período de aportación mínimo de 30 años (360 unidades de aporte).
En caso de trabajadores, los trabajadores despedidos por reducción de personal o cese colectivo que acrediten 20 años de aportación (240 unidades de aporte). Los hombres a partir de los 55 años y mujeres, 50 años.
Y en el caso de discapacitados: Una persona con discapacidad a partir de los 55 años, debiendo acreditar un mínimo de 20 años de aportación (240 unidades de aporte). Deberá estar inscrita en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad.
Para verificar la inscripción debe ingresar al siguiente enlace AQUI