Se anunció oficialmente la nuevas facilidades que permiten residir legalmente en España de forma permanente en el país. La nueva medida beneficiara a miles de inmigrantes latinoamericanos desde este 2026. A continuación te contaremos todo lo que debes saber sobre esta reciente medida.
El Real Decreto 1155/2024, introdujo una reforma de gran calado al Reglamento de Extranjería, que entró en vigor el 20 de mayo de 2025 en España
Los principales cambios incluyen:
- Reducción del plazo de arraigo de 3 a 2 años de residencia en España para las modalidades social, sociolaboral, socio formativo y de segunda oportunidad
- Introducción del arraigo de segunda oportunidad, para personas que perdieron su residencia legal en los últimos dos años por causas no relacionadas con seguridad o salud pública
- Fortalecimiento de la reagrupación familiar, ampliando la edad máxima de hijos de 21 a 26 años, incluyendo parejas no registradas y familiares de víctimas de violencia
- Flexibilización de permisos para estudiantes extranjeros: podrán trabajar hasta 30 horas semanales y combinar modalidades presenciales y online
- Digitalización y agilización administrativa, aunque no incluye ninguna plataforma específica anunciada como “PUM25”
¿Quién puede residir legalmente y cómo acceder a vías de arraigo?
Arraigo Social, Sociolaboral y Socio formativo
Tras 2 años de residencia continuada (sin incluir el tiempo de solicitud de asilo pendiente), se puede acceder a diferentes modalidades:
- Arraigo Social: se necesita demostrar vínculos familiares con residentes legales o un informe de integración social + medios económicos equivalentes al 100 % del IPREM (~ 600 € mensuales)
- Arraigo Sociolaboral (antes arraigo laboral): exige contrato de trabajo mínimo de 20 h/semana y salario proporcional al SMI
- Arraigo Socio formativo: combinar estudios reglados (por ejemplo, FP de grado medio o formación del SEPE) con trabajo de hasta 30 h/semana y un informe de integración
Arraigo de Segunda Oportunidad
Esta nueva modalidad permite regularizar a quienes tuvieron residencia legal en los últimos dos años pero no pudieron renovarla por razones no vinculadas con seguridad o salud pública. Ofrece un permiso de residencia y trabajo de 1 año, renovable bajo condiciones
Requisitos generales:
- Estar en España y no ser solicitante de protección internacional activo.
- Haber vivido al menos dos años continuos en España (sin contar tiempo como solicitante de asilo).
- Haber tenido autorización previa no excepcional durante los dos años anteriores.
- No tener antecedentes penales ni suponer riesgo para orden público.
- No estar sujeto a prohibición de retorno.
- Pagar la tasa administrativa correspondiente
Reagrupación familiar simplificada
La reforma amplía el acceso a la residencia a familiares de residentes legales en España, incluyendo:
- Hijos hasta 26 años sin necesidad de demostrar dependencia económica.
- Parejas no registradas que acrediten relación estable.
- Familiares de víctimas de violencia o trata, con requisitos de convivencia y vínculos
- Nacionalidad española tras dos años de residencia (para iberoamericanos)
Los ciudadanos de países iberoamericanos, pueden solicitar la ciudadanía española tras 2 años de residencia legal continuada
Nota: la residencia debe ser legal (no aplica a visados de estudio no remunerado o no lucrativos si no autorizan actividad laboral).
Con las reformas aplicadas en mayo 2025, mudarse a España y regularizar tu situación es más accesible. Si resides legalmente al menos dos años, puedes optar por arraigo social, sociolaboral, socio formativo o de segunda oportunidad, cada uno con requisitos distintos pero todos ofreciendo autorización de residencia y trabajo.
La reagrupación familiar es más inclusiva, y en determinados casos de ciudadanía, la residencia de dos años abre la puerta a la nacionalidad para iberoamericanos.




