Se anunció oficialmente la nuevas facilidades que permiten residir legalmente en España de forma permanente en el país. La nueva medida beneficiara a miles de inmigrantes latinoamericanos desde este 2025. A continuación te contaremos todo lo que debes saber sobre esta reciente medida.
El Real Decreto 1155/2024, publicado en noviembre de 2024, introdujo una reforma de gran calado al Reglamento de Extranjería, que entró en vigor el 20 de mayo de 2025 en España
Los principales cambios incluyen:
- Reducción del plazo de arraigo de 3 a 2 años de residencia en España para las modalidades social, sociolaboral, socio formativo y de segunda oportunidad
- Introducción del arraigo de segunda oportunidad, para personas que perdieron su residencia legal en los últimos dos años por causas no relacionadas con seguridad o salud pública
- Fortalecimiento de la reagrupación familiar, ampliando la edad máxima de hijos de 21 a 26 años, incluyendo parejas no registradas y familiares de víctimas de violencia
- Flexibilización de permisos para estudiantes extranjeros: podrán trabajar hasta 30 horas semanales y combinar modalidades presenciales y online
- Digitalización y agilización administrativa, aunque no incluye ninguna plataforma específica anunciada como “PUM25”
¿Quién puede residir legalmente y cómo acceder a vías de arraigo?
Arraigo Social, Sociolaboral y Socio formativo
Tras 2 años de residencia continuada (sin incluir el tiempo de solicitud de asilo pendiente), se puede acceder a diferentes modalidades:
- Arraigo Social: se necesita demostrar vínculos familiares con residentes legales o un informe de integración social + medios económicos equivalentes al 100 % del IPREM (~ 600 € mensuales)
- Arraigo Sociolaboral (antes arraigo laboral): exige contrato de trabajo mínimo de 20 h/semana y salario proporcional al SMI
- Arraigo Socio formativo: combinar estudios reglados (por ejemplo, FP de grado medio o formación del SEPE) con trabajo de hasta 30 h/semana y un informe de integración
Arraigo de Segunda Oportunidad
Esta nueva modalidad permite regularizar a quienes tuvieron residencia legal en los últimos dos años pero no pudieron renovarla por razones no vinculadas con seguridad o salud pública. Ofrece un permiso de residencia y trabajo de 1 año, renovable bajo condiciones
Requisitos generales:
- Estar en España y no ser solicitante de protección internacional activo.
- Haber vivido al menos dos años continuos en España (sin contar tiempo como solicitante de asilo).
- Haber tenido autorización previa no excepcional durante los dos años anteriores.
- No tener antecedentes penales ni suponer riesgo para orden público.
- No estar sujeto a prohibición de retorno.
- Pagar la tasa administrativa correspondiente
Reagrupación familiar simplificada
La reforma amplía el acceso a la residencia a familiares de residentes legales en España, incluyendo:
- Hijos hasta 26 años sin necesidad de demostrar dependencia económica.
- Parejas no registradas que acrediten relación estable.
- Familiares de víctimas de violencia o trata, con requisitos de convivencia y vínculos
- Nacionalidad española tras dos años de residencia (para iberoamericanos)
Los ciudadanos de países iberoamericanos, pueden solicitar la ciudadanía española tras 2 años de residencia legal continuada
Nota: la residencia debe ser legal (no aplica a visados de estudio no remunerado o no lucrativos si no autorizan actividad laboral).
Con las reformas aplicadas en mayo 2025, mudarse a España y regularizar tu situación es más accesible. Si resides legalmente al menos dos años, puedes optar por arraigo social, sociolaboral, socio formativo o de segunda oportunidad, cada uno con requisitos distintos pero todos ofreciendo autorización de residencia y trabajo.
La reagrupación familiar es más inclusiva, y en determinados casos de ciudadanía, la residencia de dos años abre la puerta a la nacionalidad para iberoamericanos.




