ESPAÑA: ANUNCIAN FACILIDAD PARA OBTENER LA RESIDENCIA PARA LATINOS RECIEN LLEGADOS

El gobierno de España anuncio facilidades para latinos recién llegados que les permitirá residir en su país. En la siguiente nota te contaremos todo lo que necesitas saber sobre esta última medida.

España se ha vuelto uno de los destinos más populares debido a los diferentes beneficios que ofrece este país europeo. Miles de migrantes del todo el mundo busca residir en España, motivo por el cual, buscan obtener una autorización para obtener un visado que les permita ingresar legalmente.

La residencia que ofrece España son dos, la residencia temporal y la residencia permanente, para las cuales se deben cumplir con requisitos específicos respectivamente.

Residencia Temporal en España

La residencia temporal autoriza a permanecer en España por un periodo superior a 90 días e inferior a cinco años. Sin embargo, las autorizaciones podrán renovarse a petición del solicitante.

La normativa que se encuentra en vigor establece los requisitos y procedimientos para obtener una autorización de residencia y trabajo en España, para así realizar alguna actividad lucrativa por cuenta ajena o propia.
Residencia Permanente en España

La residencia permanente otorga el derecho a una residencia de larga duración a ciudadanos extranjeros que antes hayan tenido una residencia temporal por cinco años de forma continua y que cumplan las condiciones requeridas.

Cabe resaltar que, para entrar a España para una estancia no mayor a 90 días durante el semestre, estará sometida a las condiciones establecidas en el Reglamento 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, en el que se establece un código de normas para el cruce de fronteras (Código de fronteras Schengen).

¿Cuáles son los requisitos para viajar a España?

  • Tener un pasaporte o documento de viaje valido y vigente
  • Tener posesión de una visa en vigor

Las causales para la prohibición de entrada a España son las siguientes:

  • Haber sido previamente expulsado o devuelto por España o algún Estado Schengen.
  • Tener prohibida la entrada de forma expresa por actividades contrarias a los intereses de España o a los derechos humanos o por su notoria conexión con organizaciones delictivas.
  • Estar reclamados internacionalmente por causas criminales.
  • Suponer un peligro para la salud pública, el orden público, la seguridad nacional o las relaciones internacionales de España o de otros Estados con los que España tenga un convenio en tal sentido.
  • Haber agotado 90 días de estancia en un período de 180 días