La última quincena de mayo, venció el plazo para que los empleadores depositen la Compensación por Tiempo de Servicios, siendo un beneficio que les corresponde a los trabajadores bajo planilla, que laborar como mínimo de 4 horas al día. No obstante, algunos no saben si accederán a ese dinero.
Asimismo, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, indicó que la CTS debe ser dada obligatoriamente a los trabajadores dos veces al año, en el mes de mayo y noviembre.
¿CÓMO SABER SI TENGO CTS CON MI DNI?
Para conocer si podrá recibir la CTS, tendrá que consultarlo vía telefónica o dispositivo móvil, a la entidad financiera donde su centro laboral deposita su salario, o también podrá consultarlo directamente con su empleador en que entidad tiene su CTS.
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¿CUÁNTO ME DEPOSITARAN MI CTS?
Miles de ciudadanos se cuestionaron, cuánto les corresponderá de CTS, no obstante, ello depende de su régimen laboral y el tamaño de la empresa donde labora, de igual manera, el calcula podrá variar según el tiempo que trabaje en la empresa.
NÚMERO TELEFÓNICOS DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS
- BBVA: (01) 595-0000
- BCP: (01) 311-9898
- Interbank: (0801) 00802
- Banco Ripley: (01) 611-5757
- Banco Falabella: (01) 6154300
- Caja Huancayo: 0800-10064 o al (64)481000
- Caja Arequipa: (51)(54) 380670
¿QUÉ TRABAJADORES RECIBIRÁN CTS?
Aquellos trabajadores que les corresponde la Compensación por Tiempo de Servicio, son quienes están bajo el régimen laboral de la actividad privada y cumplan con una jornada mínima de 20 horas a la semana.
Cabe indicar que, la CTS se otorga dos veces al año, el primero se da a mediados de mayo, mientras que el segundo, en la quincena de noviembre.